Entre los seguros médicos actualmente existen numerosas modalidades de contratación que están diseñadas para cubrir las diferentes necesidades de cada asegurado en particular.

Desde los productos básicos, hasta los más completos que incluyen servicios internacionales, pueden personalizarse y complementarse para adaptarlo a cada persona, garantizando las coberturas que más le interesen en cada caso.

Una de las opciones disponibles, son los seguros por modalidades. Este tipo de seguros, ofrecen la particularidad de elegir ciertas coberturas que serán las únicas contratadas y las únicas que ofrecerán asistencia médica al asegurado. Con esta modalidad, las personas interesadas, lo que buscan es un seguro complementario al servicio público de salud, dando preferencia a la asistencia primaria, o por contra a la asistencia hospitalaria.

En esta ocasión hemos elegido la asistencia hospitalaria por ser de carácter una tanto más especial. Su singularidad reside en que salvo casos excepcionales, los asegurados no tendrán que hacer efectivo el uso de las garantías de la póliza, ya que solo entrará en funcionamiento, cuando el asegurado sea hospitalizado por cualquier síntoma.

¿Qué coberturas incluye la modalidad de asistencia hospitalaria?

Entre las muchas coberturas que incluye, podemos señalar:

  • Tratamientos oncológicos: radioterapia, braquiterapia y quimioterapia.
  • Método o técnica OSNA: análisis molecular intraoperatorio del ganglio centinela en el cáncer de mama en estadio temprano, sin extensión linfática.
  • Litotricia renal y vesicular.
  • Diálisis y hemodiálisis.
  • Cirugía de los Grupos II al VIII de la
  • Organización Médica Colegial (OMC), realizada exclusivamente en un centro     hospitalario.
  • Cirugía mayor ambulatoria.
  • Radiología intervencionista o invasora vascular y visceral.
  • Técnicas de planificación familiar: ligadura de trompas, oclusión tubárica            histeroscópica (Sistema Essure) y vasectomía.
  • Radioneurocirugía esterotáxica.
  • Cirugía artroscópica.
  • Cirugía de cornetes o turbinoplastia y la adenoamigdaloplastia por           radiofrecuencia.
  • Láser quirúrgico en Oftalmología,
  • Proctología,
  • Cirugía Vascular Periférica y Otorrinolaringología.
  • Láser Holmio para el tratamiento quirúrgico de la hiperplasia benigna prostática.
  • Nucleotomía percutánea y la quimionucleosis.
  • Prótesis quirúrgicas.
  • Indemnización diaria por hospitalización. Se incluye:
  • Hospitalización médica (sin intervención quirúrgica).
  • Hospitalización quirúrgica. Incluye las visitas y curas del postoperatorio inmediato (hasta dos meses después de la cirugía).
  • Hospitalización obstétrica. Incluye nido y/o la incubadora para el recién nacido   durante su internamiento hospitalario, hasta un máximo de 28 días.
  • Hospitalización pediátrica (para personas menores de 14 años).
  • Hospitalización psiquiátrica. En caso de brotes agudos (máximo 60 días por año natural).
  • Hospitalización en Unidad de Vigilancia Intensiva.
  • Hospitalización por diálisis y riñón artificial. Para el tratamiento de las insuficiencias renales agudas.